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 Normativa >> Reglamento municipal 11 >> Fecha 25/02/2010 >> Articulo 87
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Normativa - Reglamento municipal 11 - Articulo 87
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Artículo 87
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CAPÍTULO XVII

De los sueldos y salarios, incentivos

y otras compensaciones económicas

Artículo 87.—Los sueldos y salarios de los servidores (as) de la Municipalidad de Turrubares  se regirán de la siguiente forma:

a) Ningún servidor (a) devengará un sueldo inferior al mínimo o correspondiente al desempeño del cargo que ocupa.

b) Los sueldos y salarios de los servidores (as) de la Municipalidad de Turrubares, serán determinados por una escala de sueldos, que se fijará  con sumas mínimas y máximas correspondientes a cada categoría de puestos.

c) Para determinar los sueldos y salarios, se tomarán en cuenta, el costo de vida en las distintas regiones, los salarios que prevalezcan en el mercado para puestos iguales y cualesquiera otras disposiciones legales en materia salarial.


 

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