Buscar:
 Normativa >> Reglamento municipal 11 >> Fecha 25/02/2010 >> Articulo 88
Internet
Año:
Buscar en:





Opciones:
Guardar
Imprimir


<<     Artículo 88     >>
Normativa - Reglamento municipal 11 - Articulo 88
Ir al final de los resultados
Artículo 88
Versión del artículo: 1  de 1

Artículo 88.—En adelante la Municipalidad de Turrubares seguirá aplicando las sumas y/o porcentajes de aumento de salarios a todos sus empleados en las mismas condiciones y cantidades como mínimo, que rijan para los empleados públicos del poder central o el aumento del Costo de Vida estimado por el INEC, utilizado para ello el de mayor porcentaje de aumento. Las partes (Sindicato-Municipalidad), para la ejecución de los aumentos de salario firmarán un convenio de trabajo, concretando dicho aumento.


 

Ir al inicio de los resultados