Artículo 88.—En adelante la Municipalidad de
Turrubares seguirá aplicando las sumas y/o porcentajes de aumento de salarios a
todos sus empleados en las mismas condiciones y cantidades como mínimo, que
rijan para los empleados públicos del poder central o el aumento del Costo de
Vida estimado por el INEC, utilizado para ello el de mayor porcentaje de
aumento. Las partes (Sindicato-Municipalidad), para la ejecución de los
aumentos de salario firmarán un convenio de trabajo, concretando dicho aumento.
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