Artículo 103.—Responsabilidad del funcionario
público por el uso de la firma digital y las claves de acceso al Sistema. Queda
prohibido a los funcionarios públicos que utilicen Mer-link revelar sus claves
o permitir que terceros utilicen su firma digital certificada. Esta conducta
será considerada falta grave, sin perjuicio de lo previsto en el inciso c), del
artículo 111, de la Ley de Administración Financiera de la República y
Presupuestos Públicos, y el artículo 10 de la Ley de Certificados, Firmas
Digitales y Documentos Electrónicos.
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