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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 36242 >> Fecha 21/10/2010 >> Articulo 20
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Normativa - Decreto Ejecutivo 36242 - Articulo 20
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Artículo 20
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Artículo 20.—Obligación de actualización. Los proveedores registrados están obligados a mantener actualizada la información que hayan aportado al momento de solicitar su inscripción en el Registro.


 

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