Artículo 21.—Causales para declarar inactivo a un
proveedor registrado. Se podrá declarar inactivo a un proveedor registrado
en las siguientes circunstancias:
a) La muerte o la extinción de la persona física o
jurídica.
b) La
manifestación expresa del proveedor inscrito.
c) Los
que hayan sido inhabilitados para contratar con todas las instituciones
usuarias durante el tiempo que subsista la sanción.
d) Por la
no sujeción del proveedor a los estándares de calidad que indique la
institución usuaria mediante reglamentos o normas técnicas emanadas de los
órganos competentes.
e) Por
vencimiento o expiración del plazo de inscripción.
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