Artículo 29.—Administración del Catálogo de bienes
y servicios de Mer-link. Corresponderá a un área especializada de Mer-link
la administración centralizada del Catálogo de bienes y servicios. Esta función
comprende la definición de políticas, procesos y garantías sobre el buen
funcionamiento del Catálogo.
La administración integral del Catálogo de Mer-link
será responsabilidad de los analistas y coordinadores de catálogo, quienes
tendrán a su cargo el control y la atención de las solicitudes de inclusión,
modificación o exclusión de los códigos de clasificación e identificación.
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