Artículo 57.—Comunicación del plan de
adquisiciones. Todas las instituciones usuarias deberán divulgar el respectivo
programa de adquisiciones y sus modificaciones en el portal Mer-link. Lo
anterior se ejecutará sin perjuicio de cumplir las publicaciones que se
requieran, de acuerdo con la normativa vigente.
Se exceptúan de esta publicación las instituciones
usuarias que por norma especial no estén obligadas a publicar dicho plan.
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