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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 36242 >> Fecha 21/10/2010 >> Articulo 66
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Normativa - Decreto Ejecutivo 36242 - Articulo 66
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Artículo 66
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Artículo 66.—Registro de documentos y actos en Mer-link. Para efectos de brindar mayor seguridad en los actos que así lo requieran por su naturaleza, la recepción de estos se documentará con la fecha y la hora oficiales, mediante el certificado de estampado de tiempo. Dichos actos son los siguientes:

a) Ofertas.

b) Garantía de participación.

c) Mejoras de precios.

d) Pujas en subasta a la baja.

e) Pujas en remate.

f)  Recursos de objeción al cartel.

g) Recursos contra el acto de adjudicación o contra el que declare infructuoso o desierto el concurso.

Para los actos no mencionados en este artículo, su recepción y comunicación se registrará de acuerdo con la hora y la fecha del Sistema Mer-link.


 

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