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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 36242 >> Fecha 21/10/2010 >> Articulo 70
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Normativa - Decreto Ejecutivo 36242 - Articulo 70
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Artículo 70
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CAPÍTULO X

Cobro y pago electrónicos por medio de Mer-Link

Artículo 70.—Uso del módulo de pagos a los contratistas. Las instituciones usuarias que facultativamente lo determinen utilizarán el módulo de Pago electrónico que incluye la recepción de factura electrónica y el pago electrónico a los contratistas por medio de Sinpe.

La institución usuaria que se acoja a este módulo deberá indicarlo en el cartel.

Este módulo será utilizado únicamente para pago electrónico dentro del territorio nacional; los pagos al extranjero, como por ejemplo remesas al exterior o cartas de crédito, los tramitará la institución usuaria.


 

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