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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 36242 >> Fecha 21/10/2010 >> Articulo 76
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Normativa - Decreto Ejecutivo 36242 - Articulo 76
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Artículo 76
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CAPÍTULO XI

Acceso y seguridad de Mer-Link

SECCIÓN I

Acceso a Mer-Link

Artículo 76.—Acceso a Mer-link. Mer-link es una plataforma tecnológica de acceso público, con excepción de los procedimientos de contratación administrativa y los documentos calificados como confidenciales, secreto comercial, industrial o económico, los cuales serán de acceso restringido según lo establecido en la normativa especial aplicable a cada institución usuaria.

Este Sistema podrá ser utilizado de acuerdo con sus funcionalidades:

a) Podrán utilizar Mer-link sin costo alguno:

1) Cualquier interesado para la consulta de expedientes e información calificada como pública.

2) Los proveedores registrados para la participación en los procedimientos de contratación que se tramiten por medio de este Sistema. No obstante, deberán cubrir el costo por certificaciones electrónicas, timbres, especies fiscales, recargos administrativos por pagos mediante Sinpe y cualquier otro que se requiera para la contratación específica; así como para obtener por su cuenta el certificado de firma digital.

3) La Contraloría General de la República en sus funciones de control y fiscalización.

4) El Poder Judicial en los procedimientos contencioso-administrativos relacionados con contratación administrativa de los concursos que se tramitan por medio de Mer-link.

5) Las auditorías internas de las instituciones usuarias para la consulta de expedientes electrónicos de las contrataciones realizadas por medio de Mer-link.

b) Las instituciones usuarias deberán pagar el precio que se establezca en el respectivo convenio de uso para poder llevar a cabo los procedimientos de contratación administrativa por medio del Sistema Mer-link.


 

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