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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 36242 >> Fecha 21/10/2010 >> Articulo 80
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Normativa - Decreto Ejecutivo 36242 - Articulo 80
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Artículo 80
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Artículo 80.—Contenido del Plan de continuidad. El Plan de continuidad contendrá al menos los siguientes aspectos:

a) Listado de tareas o acciones: Incluye los mecanismos de activación del Plan, las personas que pueden tomar la decisión y las que deben ser informadas, el momento y el lugar para la activación de los servicios y las guías para la recuperación del Sistema Mer-link.

b) Recursos requeridos: Comprende las personas, los lugares, los elementos tecnológicos o de comunicación, la información y los suministros.

c) Responsabilidades.

d) Información de contacto: Prevé los mecanismos y las circunstancias bajo las cuales se deberá contactar al administrador de Mer-link.

e) Plantillas o formularios para registrar aspectos tales como las decisiones tomadas y cualquier otro tipo de información de utilidad para revisiones posteriores.


 

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