Artículo 89.—Mejoras en las medidas de seguridad. La
Administración de Mer-link podrá introducir todas las medidas de seguridad que
considere necesarias para el uso del Sistema.
Si alguna de estas medidas implica cambio o
modificación de las condiciones normales de funcionamiento del Sistema, la Administración
deberá comunicar los cambios a los proveedores registrados y las instituciones
usuarias, con al menos tres días hábiles de antelación a la implementación de
las mejoras.
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