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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 36242 >> Fecha 21/10/2010 >> Articulo 92
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Normativa - Decreto Ejecutivo 36242 - Articulo 92
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Artículo 92
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Artículo 92.—Designación de funcionarios. Las instituciones usuarias deberán contar con funcionarios autorizados para realizar las transacciones por medio de Mer-link, según los roles establecidos. Dichos funcionarios serán responsables de velar por la veracidad y la confiabilidad de la información que emiten y de atender oportunamente las gestiones que se reciban por medio del Sistema.

Mer-link registrará todos los movimientos o las transacciones de las gestiones electrónicas que se reciban y que emitan los usuarios.


 

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