Artículo 32.—Conductas y acciones fraudulentas, incluidas tentativa de
fraude, fraude frustrado y fraude consumado, por parte de los postulantes,
tales como copiarse o pasarse materiales durante la realización de la PEP, no serán toleradas. Al
postulante, a quien un miembro de la CIP observe de manera concluyente y
objetiva cometiendo o participando de alguna acción fraudulenta que comprometa
la integridad de la PEP, se le solicitará entregar todo el material de evaluación y abandonar el
recinto de evaluación de manera inmediata y su PEP será anulada y, por
consiguiente, reprobada.
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