CAPÍTULO
IX
Glosario
Artículo 42.—Para efectos de la presente normativa aplican las siguientes
definiciones y siglas:
CEP: Curso de
Ética Profesional.
Certificado
de aprobación: Carta o documento emitido por el CIQPA en el
que se asegura que el postulante aprobó el CLR, el CEP, el CPR o la PEP.
CIQPA: Colegio de ingenieros Químicos y Profesionales Afines.
CLR: Curso de Leyes y Reglamentos.
CIP: Comisión de Investigación Profesional.
CONARE: Consejo Nacional de Rectores.
CONESUP: Consejo Nacional de Educación Superior Privada.
CPR: Curso de Profesional Responsable (Regente)
Dictamen: Documento emitido por un profesional capacitado.
Discapacidad: Impedimento físico o mental que limite a un postulante a cumplir con el
proceso de evaluación para la acreditación profesional.
Fraude: Acción ilícita realizada con el propósito de engañar y sacar provecho de
ella.
Miembro
de la CIP: Profesional activo del CIQPA, que pertenece a
la Comisión de Investigación Profesional
PEP: Prueba de Evaluación Profesional.
Postulante: Profesional graduado universitario en alguna profesión amparada por el
CIQPA y que desee incorporarse.
Proceso
para la Acreditación Profesional: Conjunto
de procedimientos que debe cumplir un postulante para optar a ser miembro del
CIQPA.