Artículo 8º—El postulante cuya solicitud de inscripción no cumpla con los
requisitos y se le informe lo correspondiente, gozará de tres (3) días hábiles
adicionales (período de gracia) siguientes a la notificación, para cumplir con
todos los requisitos de inscripción, siempre y cuando se haya presentado a
retirar las citas para la realización de la PEP en las fechas definidas por
la CIP
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