Artículo
11.—Fundamentación del acto de desestimación y/o archivo de denuncias.
La desestimación y/o archivo de las denuncias se realizará mediante un acto
debidamente motivado donde se acredite los argumentos valorados para tomar esa
decisión. Esa decisión deberá quedar documentada en el expediente de la
denuncia.
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