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 Normativa >> Reglamento municipal 0 >> Fecha 01/07/2010 >> Articulo 2
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Normativa - Reglamento municipal 0 - Articulo 2
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Artículo 2
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Artículo 2º—Ámbito de competencia. La Auditoría Interna dará trámite únicamente a aquellas denuncias que traten sobre posibles actos de corrupción o cualquier situación irregular en relación con el uso y manejo de fondos públicos o que indiquen sobre la Hacienda Pública, en lo que corresponde a su competencia institucional.


 

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