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 Normativa >> Reglamento municipal 025 >> Fecha 18/10/2010 >> Articulo 10
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Normativa - Reglamento municipal 025 - Articulo 10
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Artículo 10
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Artículo 10.—Las autoridades policiales denunciarán ante la Municipalidad cualquier incumplimiento de dicho Reglamento.

Este Reglamento toma como fuentes legales: Código Municipal, Reglamento para la Aplicación de Espectáculos Públicos (Nº 27762-H-C), Convención Internacional de Derechos del Niño, Ley de Licores y sus reglamentos.


 

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