CUERPO
DE BOMBEROS DE COSTA RICA
REGLAMENTO
DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO
DE LA
AUDITORÍA INTERNA DEL BENEMÉRITO
CUERPO
DE BOMBEROS DE COSTA RICA
CAPÍTULO
I
Disposiciones
generales
Artículo 1º—Definiciones.
Para
efectos del presente reglamento se entenderá por:
a. Administración Activa: Desde el punto de
vista funcional, es la función decisoria, ejecutiva, resolutoria, directiva u
operativa de la administración. Desde el punto de vista orgánico es el conjunto
de órganos que deciden y ejecutan; incluyendo al Jerarca, como última
instancia.
b. Aseguramiento: Refiere al examen
objetivo que practica la Auditoría Interna con el propósito de proveer una
evaluación independiente de los procesos de gestión de riesgos, control y
gobierno de una organización.
c. Auditoría Interna: Auditoría Interna del
Benemérito Cuerpo de Bomberos de Costa Rica.
d. Fondos públicos: Según Art. 9 de la Ley
Orgánica de la Contraloría General de la República, Fondos públicos son los
recursos, valores, bienes y derechos propiedad del Estado, de órganos, de
empresas o de entes públicos.
e. Jerarca: El Consejo Directivo.
f. Jerarca administrativo: Refiere al
Director del Benemérito Cuerpo de Bomberos.
g. Órgano Director: Refiere al órgano que
dirige un procedimiento administrativo.
h. Titular subordinado: Funcionario de la
Administración Activa responsable de un proceso, con autoridad para ordenar o
tomar decisiones.