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 Normativa >> Reglamento 42 >> Fecha 07/12/2010 >> Articulo 43
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Normativa - Reglamento 42 - Articulo 43
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Artículo 43
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Artículo 43.—Documentos que deben adjuntarse a la solicitud de pensión por invalidez. Cuando se trate de solicitudes de pensión por invalidez sobreviniente, y sin perjuicio de lo establecido en el artículo anterior, el interesado deberá acompañar a la solicitud de pensión, la declaratoria de invalidez emitida por la Caja Costarricense de Seguro Social o el Instituto Nacional de Seguros si corresponde.

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