Artículo 43.—Documentos
que deben adjuntarse a la solicitud de pensión por invalidez. Cuando se
trate de solicitudes de pensión por invalidez sobreviniente, y sin perjuicio de
lo establecido en el artículo anterior, el interesado deberá acompañar a la
solicitud de pensión, la declaratoria de invalidez emitida por la Caja
Costarricense de Seguro Social o el Instituto Nacional de Seguros si
corresponde.
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