CAPÍTULO
XIII
De las
relaciones de servicio, la selección de personal
y el
manual descriptivo de puestos
Artículo 31.—Las relaciones de servicio entre
los servidores municipales y la Municipalidad se regirán por las disposiciones
del Código Municipal, Código de Trabajo, Ley General de la Administración Pública,
Ley de la
Administración Financiera, Ley de Contratación
Administrativa, Ley de Salarios, Leyes Supletorias y conexas, y los derechos
adquiridos en la
Convención Colectiva de Trabajo de la Municipalidad, para
todos los servidores amparados por ella.
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