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 Normativa >> Reglamento municipal 0 >> Fecha 17/12/2010 >> Articulo 2
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Normativa - Reglamento municipal 0 - Articulo 2
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Artículo 2    (No vigente*)
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Artículo 2º—Definiciones. Para efectos del presente reglamento se entiende por:

 

a) Auditoría Interna: Unidad de Auditoría Interna de la Municipalidad de OSA, que dentro de la organización institucional de la Municipalidad corresponde a la Unidad a la que se refiere el artículo 20 de la Ley General de Control Interno.

b) Informe de auditoría: Producto final con el que la Auditoría Interna comunica al jerarca o a los titulares subordinados los resultados de los estudios de auditoría o brinda servicios preventivos de asesoría y de advertencia.

c) Administración Activa: Desde el punto de vista funcional, es la actividad decisoria, ejecutiva, resolutiva, directiva u operativa de la Administración. Desde el punto de vista orgánico es el conjunto de órganos y entes de la función administrativa, que deciden y ejecutan; incluyen al jerarca como última instancia.

d) Administración de riesgos: Gestión que se efectúa para limitar y reducir el riesgo asociado con todas las actividades de la organización a diferentes niveles. Incluye actividades que identifican, miden, valoran, limitan y reducen el riesgo. De esas actividades, el control interno contempla la identificación y valoración de los riesgos.

e) Advertencia: Llamado de atención de la auditoría interna sobre la consecuencia de determinados hechos o actos.

f)  Ambiente del control: Conjunto de factores a nivel organizacional que debe establecer y mantener la Administración Activa, con la finalidad de desarrollar una actitud positiva que apoye el sistema de control interno.

g) Asesoría: Consejo profesional o criterio de la auditoría interna acerca de un tema de su competencia y conocimiento.

h) Atribuciones: Facultades o poderes que corresponden a cada una de las partes de la organización pública o privada.

i)  Concejo municipal: Concejo Municipal de la Municipalidad de Osa.

j)  Control interno: Es un proceso ejecutado por la Administración Activa, diseñado específicamente para proporcionar seguridad razonable respecto a la consecución de los siguientes objetivos: efectividad y eficiencia de las operaciones, confiabilidad de la información financiera y cumplimiento de las leyes y regulaciones aplicables.

k) Contraloría General: Contraloría General de la República.

l)  Jerarca: Concejo Municipal de la Municipalidad de Osa.

m)  Ley Nº 7428: Ley Orgánica de la Contraloría General de la República.

n) Ley Nº 8422: Ley Contra la Corrupción y el Enriquecimiento Ilícito en la Función Pública.

o) Ley Nº 8292: Ley General de Control Interno.

p) Ley Nº 7794: Código Municipal.

q) Municipalidad: Municipalidad de OSA.

r)  Plan anual de Auditoría: Cronograma de las actividades que deberán realizar los funcionarios de Auditoría Interna en determinado período de tiempo.

s) Seguimiento del Sistema de Control Interno: Son todas aquellas actividades que se realizan para valorar la calidad, el funcionamiento del sistema de control interno, a lo largo del tiempo, para asegurar que los hallazgos de auditoría y los resultados de otras revisiones se atienden oportunamente.

t)  Titular subordinado: Funcionario de la Municipalidad de OSA responsable de un proceso, con autoridad para ordenar y tomar decisiones.

u) Universo auditable: Conjunto de áreas, dependencias, servicios, procesos, sistemas, etc. Que pueden ser evaluados por la Auditoría.

v)  Valoración del riesgo: Identificación, análisis de los riesgos relevantes para la consecución de los objetivos, formando una base para la determinación de cómo deben administrarse los riesgos.


 

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