Artículo 2º—Definiciones.
Para efectos del presente reglamento se entiende por:
a) Auditoría Interna: Unidad de Auditoría Interna de la Municipalidad de
OSA, que dentro de la organización institucional de la Municipalidad
corresponde a la Unidad
a la que se refiere el artículo 20 de la Ley General de Control Interno.
b) Informe de auditoría: Producto final con el que la Auditoría
Interna comunica al jerarca o a los titulares subordinados los resultados de
los estudios de auditoría o brinda servicios preventivos de asesoría y de
advertencia.
c) Administración Activa: Desde el punto de vista funcional, es
la actividad decisoria, ejecutiva, resolutiva, directiva u operativa de la
Administración. Desde el punto de vista orgánico es el conjunto de órganos y
entes de la función administrativa, que deciden y ejecutan; incluyen al jerarca
como última instancia.
d) Administración de riesgos: Gestión que se efectúa para
limitar y reducir el riesgo asociado con todas las actividades de la
organización a diferentes niveles. Incluye actividades que identifican, miden,
valoran, limitan y reducen el riesgo. De esas actividades, el control interno
contempla la identificación y valoración de los riesgos.
e) Advertencia: Llamado de atención de la auditoría interna
sobre la consecuencia de determinados hechos o actos.
f) Ambiente del control: Conjunto de factores a nivel
organizacional que debe establecer y mantener la Administración Activa, con la
finalidad de desarrollar una actitud positiva que apoye el sistema de control
interno.
g) Asesoría: Consejo profesional o criterio de la auditoría
interna acerca de un tema de su competencia y conocimiento.
h) Atribuciones: Facultades o poderes que corresponden a cada
una de las partes de la organización pública o privada.
i) Concejo municipal: Concejo Municipal de la Municipalidad de
Osa.
j) Control interno: Es un proceso ejecutado por la Administración
Activa, diseñado específicamente para proporcionar seguridad razonable respecto
a la consecución de los siguientes objetivos: efectividad y eficiencia de las
operaciones, confiabilidad de la información financiera y cumplimiento de las
leyes y regulaciones aplicables.
k) Contraloría General: Contraloría General de la República.
l) Jerarca: Concejo Municipal de la Municipalidad de Osa.
m) Ley Nº 7428: Ley Orgánica de la Contraloría General de la
República.
n) Ley Nº 8422: Ley Contra la Corrupción y el Enriquecimiento
Ilícito en la Función Pública.
o) Ley Nº 8292: Ley General de Control Interno.
p) Ley Nº 7794: Código Municipal.
q) Municipalidad: Municipalidad de OSA.
r) Plan anual de Auditoría: Cronograma de las actividades que
deberán realizar los funcionarios de Auditoría Interna en determinado período
de tiempo.
s) Seguimiento del Sistema de Control Interno: Son todas
aquellas actividades que se realizan para valorar la calidad, el funcionamiento
del sistema de control interno, a lo largo del tiempo, para asegurar que los
hallazgos de auditoría y los resultados de otras revisiones se atienden
oportunamente.
t) Titular subordinado: Funcionario de la Municipalidad de OSA
responsable de un proceso, con autoridad para ordenar y tomar decisiones.
u) Universo auditable: Conjunto de áreas, dependencias,
servicios, procesos, sistemas, etc. Que pueden ser evaluados por la Auditoría.
v) Valoración del riesgo: Identificación, análisis de los
riesgos relevantes para la consecución de los objetivos, formando una base para
la determinación de cómo deben administrarse los riesgos.