Artículo
37.—Asignación de recursos. La Auditoría Interna
contará con la organización y recursos necesarios y suficientes para cumplir su
gestión.
De
conformidad con lo dispuesto en el artículo 27 de la Ley General de Control
Interno, el Concejo Municipal asignará dentro de sus disponibilidades
presupuestarias, los recursos humanos, materiales, tecnológicos, de transporte
y otros necesarios y suficientes para que la Auditoría Interna
pueda cumplir su gestión.
Para
efectos presupuestarios, se dará a la Auditoría Interna
una categoría programática. En la asignación y disposición de sus recursos, se
tomará en cuenta el criterio del Auditor Interno y las instrucciones que emita
al respecto la
Contraloría General de la República.
La Auditoría Interna
ejecutará su presupuesto, conforme lo determinen sus necesidades para cumplir
su plan de trabajo.
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