OPERADORA
PLANES PENSIONES
COMPLEMENTARIAS
S. A.
(Nota de
Sinalevi: El texto de este reglamento fue reformado parcialmente y reproducido
de forma íntegra mediante sesión ordinaria 473 del 12 de noviembre de 2015 y
publicado en La Gaceta N° 238 del 8 de diciembre de 2015, por lo que se
reproduce a continuación:)
REGLAMENTO DE FUNCIONAMIENTO
Y ORGANIZACIÓN DEL ARCHIVO CENTRAL
CAPÍTULO I
Disposiciones generales
Artículo 1º—El Archivo Central de la Operadora de Planes de
Pensiones Complementarias de Banco Popular y Desarrollo Comunal S. A. (en
adelante, Popular Pensiones) es la unidad administrativa que reúne, conserva,
clasifica, ordena, describe, selecciona y administra el acervo documental de Popular
Pensiones, compuesto por las Archivos de Gestión de los diferentes
departamentos y áreas de la Operadora. Este archivo está adscrito al
Departamento de Administración y Finanzas. Se regirá por la Ley Nº 7202, Ley
del Sistema Nacional de Archivos, su Reglamento, este Reglamento y las demás
normativas relacionadas.
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