CAPÍTULO IV
De las mediciones
Artículo 6º—De las mediciones. Las
mediciones se realizarán aplicando lo establecido por la UIT en sus
recomendaciones K.61 “Directrices sobre la medición y la predicción numérica de
los campos electromagnéticos para comprobar que las instalaciones de
telecomunicaciones cumplen los límites de exposición de las personas” y K52
“Orientación sobre el cumplimiento de los límites de exposición de las personas
a los campos electromagnéticos” y posteriores modificaciones de estas
directrices.
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