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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 36356 >> Fecha 22/10/2010 >> Articulo 48
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Normativa - Decreto Ejecutivo 36356 - Articulo 48
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Artículo 48
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Artículo 48.—Recibido de los informes oficiales. La Auditoría Interna debe revisar que en una copia de la nota de remisión del informe, conste la fecha de recibido y el nombre y firma del responsable de la recepción por parte de la Administración Activa u otras instancias de control.

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