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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 36356 >> Fecha 22/10/2010 >> Articulo 58
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Normativa - Decreto Ejecutivo 36356 - Articulo 58
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Artículo 58
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Artículo 58.—Solicitudes de la Asamblea Legislativa. Las solicitudes de la Asamblea Legislativa referidas a las Relaciones de Hechos, documentación y pruebas que obren en poder de la Auditoría Interna serán satisfechas en el tanto se trate de solicitudes que formule una Comisión Legislativa debidamente acreditada, de conformidad con el inciso 23) del artículo 121 de la Constitución Política; siempre y cuando lo solicitado no forme parte de una denuncia trasladada al Ministerio Público.

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