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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 36356 >> Fecha 22/10/2010 >> Articulo 26
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Normativa - Decreto Ejecutivo 36356 - Articulo 26
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Artículo 26
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Artículo 26.—Pericia y debido cuidado profesional. Los funcionarios de la Auditoría Interna deberán reunir los conocimientos, las aptitudes, la experiencia y otras competencias necesarias para cumplir con sus responsabilidades individuales, observando en la ejecución del trabajo el debido cuidado profesional, conforme lo dispuesto en el MNEAI y NEAI.

El personal de Auditoría Interna, colectivamente, debe reunir u obtener los conocimientos, la experiencia y las aptitudes necesarias para cumplir con sus responsabilidades.

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