Artículo 60.—Criterios de admisibilidad de denuncias.
Para la admisión de las denuncias por parte de la Auditoría Interna se
establecen los siguientes criterios:
a) Los hechos
denunciados deberán ser expuestos en forma clara, precisa y circunstanciada,
brindando el detalle suficiente que permita realizar la investigación, así como
el momento y lugar en que ocurrieron tales hechos y el sujeto que presuntamente
los realizó.
b) Se deberá
señalar la posible situación irregular a investigar, que afecta los recursos
del Estado sobre los cuales el SFE tiene competencia.
c) El denunciante
deberá indicar cuál es su pretensión en relación con el hecho denunciado.
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