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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 36356 >> Fecha 22/10/2010 >> Articulo 73
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Normativa - Decreto Ejecutivo 36356 - Articulo 73
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Artículo 73
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Artículo 73.—Solicitudes de información. La Auditoría Interna, cuando estime conveniente, podrá solicitar al funcionario que ordenó la implantación de las recomendaciones, o a quien corresponda, referirse por escrito a los períodos estimados para su cumplimiento, o bien, al progreso alcanzado en relación con su implementación. Lo anterior, sin perjuicio de los análisis y verificaciones que ejecutará la Auditoría Interna sobre la información suministrada y cualesquiera otra relacionada.

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