SECCIÓN G
Del seguimiento de disposiciones
Artículo 76.—Seguimiento
de disposiciones. Conforme al plan Anual de Labores de la Auditoría
Interna, se llevará a cabo el seguimiento a disposiciones emitidas por la CGR, a efecto de asegurarse de
su oportuna, adecuada y eficaz implementación, en cumplimiento a lo dispuesto
sobre esta materia en la LGCI y en las “Directrices que deben observar las
auditorías internas para la verificación del cumplimiento de las disposiciones”
y otra normativa técnica emitida por el órgano contralor.
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