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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 36359 >> Fecha 04/10/2010 >> Articulo 14
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Normativa - Decreto Ejecutivo 36359 - Articulo 14
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Artículo 14
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            14. Bibliografía

14.1  Directiva del Consejo de las Comunidades Europeas de 27 de julio de 1976 (76/768/CEE) relativa a la aproximación de las legislaciones de los Estados miembros en materia de productos cosméticos. Sitio web: http://eur-lex.europa.eu/LexUriServ/LexUriServ.do?uri=CONSLEG:1976L0768:20040911:ES:PDF.

14.2  Resolución ResAP(2008)1 del Comité de Ministros del Consejo de Europa sobre los requisitos y criterios de seguridad de tatuajes y maquillaje permanente, aprobada por el Comité de Ministros el 20 de febrero de 2008, reunión Nº 1018 de Representantes de Ministros.http://www.aemps.es/actividad/pschb/docs/resolucionCE_tatuajes-junio08.pdf o http://www.coe.int/t/e/social_cohesion/soc-sp/ResAP_2008_1%20E.pdf 

14.3  Norma UNE-EN-71-3: 1995 Seguridad de los juguetes.

Artículo 2º—El presente decreto rige tres meses después de su publicación en el Diario Oficial La Gaceta.

Dado en la Presidencia de la República.—San José, a los cuatro días del mes de octubre del dos mil diez.

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