Artículo 32.- Recursos contra la resolución de
adjudicación. Dictada la resolución final, los (as) interesados
(as) podrán interponer los recursos de revocatoria y/o apelación dentro de los
tres días siguientes a su notificación ante la misma Comisión de Becas.
En caso de que se rechace la revocatoria y si
existiere recurso de apelación, se elevará el expediente a la Junta Rectora, a
fin de que conozca el recurso en alzada.
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