Artículo
67.- Son funciones del Departamento de Tercer Ciclo y Educación
Diversificada:
a) Proponer
a la Dirección las políticas curriculares para el funcionamiento de las
ofertas del Tercer Ciclo y Educación Diversificada, con el fin de que sean
sometidas a consulta de las autoridades superiores y presentadas al Consejo
Superior de Educación (CSE) para su autorización.
b) Proponer
a la Dirección las directrices y lineamientos técnicos para el desarrollo de
las ofertas del Tercer Ciclo y Educación Diversificada.
c) Proponer
a la Dirección las directrices y lineamientos técnicos para el desarrollo de
los servicios de apoyo psicosocial en las ofertas de Tercer Ciclo y Educación
Diversificada que sea requerido, de acuerdo con los estudios técnicos
elaborados para tales efectos.
d)
Incorporar en las políticas curriculares para el funcionamiento de las ofertas
de Tercer Ciclo y Educación Diversificada, el desarrollo y articulación de los
temas transversales, de conformidad con los acuerdos adoptados para tales
efectos por el CSE.
e) Diseñar
y evaluar los planes y los programas de estudio del Tercer Ciclo y Educación
Diversificada y someterlos a consulta de las autoridades superiores, con el fin
de que sean presentados al CSE para su autorización.
f) Formular
propuestas innovadoras para el mejoramiento de las ofertas del Tercer Ciclo y
Educación Diversificada.
g) Elaborar
recursos didácticos para el desarrollo curricular en las ofertas del Tercer
Ciclo y Educación Diversificada, incorporando las modernas tecnologías de la
información y la comunicación (TIC´s).
h) Llevar a
cabo procesos de investigación, evaluación y sistematización sobre los
diferentes aspectos relacionados con las ofertas del Tercer Ciclo y Educación
Diversificada, para orientar la toma de decisiones, de conformidad con lo
establecido por el CSE.
i) Brindar
asesoría técnica para el desarrollo de las ofertas del Tercer Ciclo y Educación
Diversificada, en el nivel regional.
j) Formular,
en coordinación con el Departamento de Evaluación de los Aprendizajes,
directrices curriculares para la evaluación de los procesos de aprendizaje en
el Tercer Ciclo y Educación Diversificada, de conformidad con la normativa
vigente.
k) Proponer
a la Dirección las políticas de articulación y correlación entre las
distintas asignaturas, ofertas, ciclos, niveles y modalidades del sistema
educativo, sobre la base de lo autorizado por el CSE.
l) Formular
propuestas tendientes a la sensibilización e incorporación de la comunidad y
la familia en los procesos educativos.
m) Otras
funciones inherentes, relacionadas con su ámbito de competencias y
atribuciones, asignadas por el superior jerárquico.
(Así
reformado por el artículo 2° del decreto ejecutivo N° 37135 del 14 de marzo
del 2012)
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