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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 36451 >> Fecha 07/02/2011 >> Articulo 82
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Normativa - Decreto Ejecutivo 36451 - Articulo 82
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Artículo 82    (No vigente*)
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SECCIÓN III

De la Dirección de Recursos Tecnológicos en Educación

Artículo 82.—La Dirección de Recursos Tecnológicos en Educación es el órgano técnico responsable de analizar, estudiar, formular, planificar, asesorar, investigar, evaluar y divulgar todos los aspectos relacionados con la gestión, experimentación e introducción de las tecnologías de información y comunicación para apoyar el proceso de enseñanza-aprendizaje en aula, favoreciendo la labor del docente, así como el uso y apropiación de los recursos digitales.

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