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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 36491 >> Fecha 09/03/2011 >> Articulo 18
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Normativa - Decreto Ejecutivo 36491 - Articulo 18
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Artículo 18    (No vigente*)
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CAPÍTULO V

De la homologación

        Artículo 18.—Las entidades públicas que opten por homologarse al Sistema de Clasificación y Valoración de Servicio Civil, según la normativa vigente, considerarán los siguientes aspectos y procedimientos:

a.- Elaborar un Manual de Cargos y un Manual institucional de Clases, para lo cual podrán utilizar la Guía Metodológica para la Elaboración de Manuales de Puestos Institucionales de la DGSC, incluyendo análisis de procesos o funciones, productos y servicios, o en su defecto, indicar las variaciones que se hayan adoptado respecto de la mencionada guía, las que deberán estar debidamente justificadas.

b.-Para la elaboración del manual institucional de clases, deberá atender lo establecido en los artículos 13, 14, 15 y 16 del Capítulo III de estos Procedimientos.

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