CAPÍTULO SEXTO
De los servicios
Artículo 23.—De las características de los
servicios: Los programas del IMAS se ejecutarán mediante servicios. Estos
serán complementarios y flexibles y se conjugarán para garantizar una atención
integral, respondiendo a un proceso de superación de las personas, familias,
grupos y comunidades en situación pobreza o de riesgo y vulnerabilidad social,
que les permita trascender a mayores niveles de desarrollo humano. Los
servicios se traducirán en beneficios que podrán ser múltiples y progresivos,
según la situación presentada y la búsqueda permanente de una solución
integral.
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