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 Normativa >> Reglamento 001 >> Fecha 19/01/2011 >> Articulo 25
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Normativa - Reglamento 001 - Articulo 25
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Artículo 25    (No vigente*)
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Artículo 25.—De la eficiencia del servicio: Todo servicio se otorgará en forma ágil, eficiente y oportuna, con equidad para quien lo solicite y debidamente fundamentado en un criterio técnico emitido por un funcionario competente.

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