Artículo 3º—De la unidad responsable de la
aplicación del presente reglamento: La Subgerencia de Desarrollo Social,
con base en las políticas generales emitidas por el Consejo Directivo, será la
responsable de establecer las directrices generales y mecanismos operativos que
permitan un ágil y debido control de los servicios y beneficios, por medio de
sus áreas estratégicas y sus unidades ejecutoras.
Corresponderá a las
demás dependencias institucionales colaborar, apoyar y asesorar en su
implementación, ejecución, control y seguimiento.
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