Artículo 46.—De
las responsabilidades del IMAS con respecto a las Instituciones de Bienestar
Social: El IMAS a través del Departamento de Instituciones de Bienestar
Social será la unidad responsable de cumplir con lo establecido en la Ley 3095,
Ley Orgánica del Ministerio de Trabajo y Ciudad de Niños), Ley Nº218, Ley de
Asociaciones y sus reformas y su Reglamento, y Ley 5338, Ley de Fundaciones y
sus reformas.
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