Artículo 49.—De la
participación del IMAS en los Comités Regionales, Municipales y Locales de
Emergencias: El IMAS participará en los Comités Regionales, Municipales y
Locales de Emergencia. La representación en estos comités recaerá en el
responsable del Área Regional de Desarrollo Social u otros funcionarios
designados.
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