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 Normativa >> Reglamento 001 >> Fecha 19/01/2011 >> Articulo 56
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Normativa - Reglamento 001 - Articulo 56
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Artículo 56    (No vigente*)
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Artículo 56.—De la duración en la participación de los interesados. La participación de los beneficiarios en los programas del IMAS, podrá ser de plazo variable, dependiendo del alcance de las metas propuestas para cada uno de ellos. En aquellas acciones en que el IMAS actúe como entidad de apoyo, la duración estará sujeta a las responsabilidades asumidas en los correspondientes convenios o compromisos adquiridos.

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