Artículo 69.—De la
liquidación de los recursos girados a las Unidades Ejecutoras: Los
encargados de los procesos administrativos financieros de las Área Regionales
de Desarrollo Social y otras Unidades Ejecutoras centrales, serán los
responsables de efectuar el correspondiente cierre presupuestario en las fechas
que establezca la Subgerencia de Soporte Administrativo.
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