Buscar:
 Normativa >> Reglamento 001 >> Fecha 19/01/2011 >> Articulo 8
Internet
Año:
Buscar en:





Opciones:
Guardar
Imprimir


<<     Artículo 8     >>
Normativa - Reglamento 001 - Articulo 8
Ir al final de los resultados
Artículo 8    (No vigente*)
Versión del artículo: 1  de 1

Artículo 8º—Del funcionario que asesora: El funcionario designado para asesorar en aspectos técnicos y profesionales al funcionario u órgano competente para recomendar y/o aprobar beneficios, únicamente será responsable de la asesoría oportuna que brinde dentro del marco de su competencia y conocimientos inherentes a su cargo. Esta función compete a los funcionarios de la Asesoría Jurídica, de Planificación Institucional, de la Auditoría Institucional y de otras unidades centrales a los cuales se les asigne esta función.

Ir al inicio de los resultados