Artículo 2º—Son funciones de la Comad:
a) Promover y contribuir con la organización y ejecución de
diagnósticos relativos a las necesidades de las personas con discapacidad, a
las condiciones de accesibilidad de los diferentes servicios públicos presentes
en el cantón, y otros que sean necesarios para la correcta y oportuna atención
de la población con discapacidad por parte de la municipalidad.
b) Resolver o emitir criterio sobre los asuntos que le sean trasladados
desde el concejo o la administración.
c) Presentar al Concejo Municipal propuestas de políticas, planes,
proyectos y acciones tendientes a impulsar y desarrollar el proceso de
equiparación de oportunidades en el cantón.
d) Promover la evaluación de las políticas y planes municipales en
discapacidad y accesibilidad, y participar activamente en este proceso.
e) Proponer y verificar la incorporación de contenido presupuestario en
el plan presupuesto anual de la municipalidad con el propósito de aplicar y
ejecutar la ley 7600 y otras normas de protección de los derechos humanos de
las personas con discapacidad.
f) Promover la participación de las personas con discapacidad y/o sus
familiares en los diferentes procesos: diagnóstico, planificación, evaluación,
control ciudadano, verificación, otros.
g) Promover la dotación de servicios de apoyo y ayudas técnicas por
parte del gobierno local a las personas que los requieran
h) Promover la articulación de esfuerzos de la municipalidad con otras
entidades públicas y privadas, responsables de garantizar la accesibilidad en el
cantón,
i) Servir de enlace entre los niveles político, administrativo y
comunitario para la formulación, ejecución y evaluación de políticas en materia
de accesibilidad y discapacidad,
j) Promover la incorporación de la perspectiva de la discapacidad y la
accesibilidad en reglamentos, procedimientos, políticas, planes, programas,
proyectos y servicios municipales,
k) Participar en experiencias de redes locales, provinciales o
nacionales que permitan realimentar y fortalecer la gestión de la Comad.
1) Colaborar con el Concejo y la Administración en la organización de
consultas a las organizaciones de personas con discapacidad en asuntos que
competen a esta población.