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 Normativa >> Reglamento 0 >> Fecha 05/04/2011 >> Articulo 23
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Normativa - Reglamento 0 - Articulo 23
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Artículo 23
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Artículo 23.—En caso de ampliación o modificación de las Obras Constructivas se deberá cumplir nuevamente con los trámites de Licencia de Construcción señalados en este reglamento.


 

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