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 Normativa >> Reglamento 583 >> Fecha 24/03/2011 >> Articulo 13
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Normativa - Reglamento 583 - Articulo 13
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Artículo 13
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CAPÍTULO V

Del procedimiento en general

Artículo 13.—La Unidad de Recursos Humanos será la responsable de la recepción de solicitudes de becas, conforme se regula en el presente reglamento. Los funcionarios interesados en solicitar becas para estudios, deberán presentar su solicitud escrita, indicando claramente su interés en una beca para estudio, así como el costo y tiempo estimado de la carrera.


 

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