CAPÍTULO VIII
Disposiciones finales
Artículo 26.—No procede la concesión de permisos sin
goce de salario mientras estén vigentes los compromisos contractuales
adquiridos por el funcionario, salvo los casos en que expresamente se haya
convenido la posibilidad de que los servicios sean prestados por aquel, en otra
dependencia del Estado, de conformidad con lo establecido por el artículo 8 de
la Ley Nº 3009, Ley de Licencias para Adiestramiento de Servidores Públicos.
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